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Paraísos en el punto de mira

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Paraísos en el punto de mira
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Miércoles, 13 diciembre 2017 | Redacción CEU

Estados y regiones de "jurisdicción no cooperativa en materia fiscal". Así es como la Unión Europea denomina a los paraísos fiscales. No ha sido fácil para los miembros de esta organización llegar a un acuerdo sobre los diecisiete países que forman parte de esta lista. Algunos analistas manifiestan que esta es la primera vez que un organismo de esta magnitud se atreve a dar un paso de alcance a la hora de combatir la evasión de impuestos a escala mundial. Otros señalan hacia los países que no aparecen en la lista. ¿Qué criterios han seguido los Veintiocho para  escoger a los integrantes de esta lista? ¿Qué países tienen el dudoso honor de aparecer en ella? ¿Cómo han reaccionado los señalados? ¿Qué consecuencias tendrá la publicación de esta lista?

 

Dos años han tardado los ministros de Economía y Finanzas del Ecofin en ponerse de acuerdo. Ha sido un proceso lento y difícil que ha culminado en la creación de una lista de países susceptibles de ser considerados paraísos fiscales –aunque la UE no utiliza esta terminología–. El pasado martes, los Veintiocho hacían publica la relación de Estados de "jurisdicción no cooperativa a efectos fiscales". Son diecisiete los territorios que figuran finalmente en la llamada lista negra: Samoa Americana, Bahrain, Barbados, Granada, Guam, Corea del Sur, Macao, Islas Marshall, Mongolia, Namibia, Palau, Panama, Santa Lucia, Samoa, Trinidad y Tobago, Túnez y Emiratos Árabes Unidos.  ¿Se ha quedado alguno fuera?, ¿por qué?

Los elegidos

Aunque a la cabeza de muchos acuden imágenes de playas idílicas cuando se habla de ellos, no es requisito indispensable para estos disponer de una maravillosa zona costera. Los paraísos fiscales son aquellos territorios adonde los ciudadanos acuden con el objetivo de encontrar una guarida fiscal de carácter cuestionable. Aquellos destinos que les sirven de refugio gracias a sus regímenes tributarios especiales. Lugares que pueden resultar especialmente atractivos para los que no residen en ellos. La OCDE los define como instrumentos de competencia fiscal perjudicial. Entre las principales características de estos se encuentran la férrea protección de su información financiera –como el secreto bancario–, la opacidad de las operaciones y la exención total o de una suma considerable de los impuestos que los individuos deben pagar.

Hay quien sitúa el origen de los paraísos financieros en los años sesenta, cuando algunos pequeños Estados se independizaron y aprovecharon la coyuntura para ofrecer ciertos beneficios fiscales. No fue de todas formas hasta los años ochenta, cuando algunos de estos lugares se consolidaron como destino importante de flujo de capitales a nivel internacional. Otros construyen teorías acerca de islas donde los piratas escondían sus botines de los abordajes que realizaban a buques españoles, pero, este es un tema que podría ser aún más antiguo. Algunos historiadores han revelado la existencia de islas aisladas que funcionaban de forma similar desde la antigua Grecia. Sea cual sea su pasado, estos lugares ocupan un espacio importante en el presente de la economía internacional como ponen de manifiesto escándalos recientes.

La creación de sociedades en estos territorios es legal, siempre que se declare en el país de dónde procede el dinero o el patrimonio. El acto delictivo responde a la evasión fiscal que se realice a través de ellas. En algunas ocasiones, los bufetes debido al secretismo imperante no pueden o no desean comprobar de dónde procede este capital. Estos paraísos, por lo tanto, pueden convertirse en el destino ideal de fortunas de criminales y delincuentes.

Paraísos en el punto de mira

La lista "gris"

La Unión Europea envió cartas a 92 territorios y jurisdicciones para solicitarles información y, de paso, hacerles saber que iban a ser analizados de acuerdo a tres criterios: transparencia, equidad fiscal y aplicación de medidas contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. La respuesta de estos países ha sido clave para tomar la decisión de incluirlos, o no, en la lista. Aquellos que finalmente figuran en ella, bien no han respondido al Consejo Europeo o bien no se han comprometido a tomar medidas en este asunto.

Los países que sí han acordado corregir este marco normativo en 2018 o 2019 –dependiendo de si son o no países en vías de desarrollo– figuran en otra clasificación, la llamada lista "gris". Los territorios en el punto de mira son: Albania, Andorra, Armenia, Aruba, Belice, Bermuda, Bosnia y Herzegovina, Botsuana, Cabo Verde, Islas Caimán, Islas Cook, Curazao, Islas Feroé, Fiyi, Macedonia, Groenlandia, Guernsey, Hong Kong, Isla de Man, Jamaica, Jersey, Jordania, Liechtenstein, Malasia y Labuan, Maldivas, Mauricio, Montenegro, Marruecos, Naurú, Nueva Caledonia, Niue, Perú, Omán, Qatar, San Vicente y las Granadinas, San Marino, Seychelles, Suiza, Serbia, Suazilandia, Taiwán, Tailandia, Turquía, Uruguay y Vanuatu.

Por otro lado, la UE ha tenido en cuenta la especial posición de los países afectados por huracanes como Antigua y Barbuda, Bahamas, Dominica, San Cristóbal o las Islas Vírgenes Británicas. A estas regiones se les ha otorgado un periodo de gracia. Sus casos serán revisados dentro de unos meses cuando mejoren su situación, con el objetivo de resolver este proceso a finales de 2018.

El objetivo de la elaboración de esta lista según sus impulsores es la "buena gobernanza" y "maximizar los esfuerzos para evitar el fraude fiscal y la evasión de impuestos". Los Veintiocho sostienen que estos lugares que estén sujetos a sanciones comunitarias y nacionales no podrán acceder a los fondos de desarrollo europeo y los Estados Miembros deberán agudizar el control sobre aquellos contribuyentes que operen en ellos, vigilar las transacciones y realizar auditorías. El Ecofin ha puesto sobre la mesa también una serie de medidas que pueden adoptar las agencias tributarias para combatir estos paraísos fiscales. Entre ellas destacan desarrollar los derechos de las compañías controladas desde el extranjero, limitar las exenciones fiscales, solicitar documentación adicional o exigir más transparencia.

Por supuesto, los señalados no están de acuerdo con esta clasificación. Es el caso, por ejemplo, de China que ha denunciado que la inclusión de la región administrativa especial de Macao en la lista negra es una decisión "unilateral y partidista" como el propio Gobierno regional también manifestó y, en un comunicado, ha añadido que esta es "inconsistente con la realidad". También difieren aquellos que miran hacia los países que no figuran en la lista. Estos destacan notables ausencias, como la de algunos países miembros. La propia Comisión Europea formula y responde la siguiente pregunta: ¿Por qué los Estados miembros de la UE no fueron evaluados para esta lista?

<La lista de la UE es una herramienta para hacer frente a las amenazas externas a las bases impositivas de los Estados miembros. También es un medio para promover un mayor diálogo y cooperación con socios internacionales en asuntos tributarios>

El futuro de la lucha contra los paraísos fiscales se resume en una pregunta: ¿seguirán los paraísos fiscales ocupando gradualmente la agenda internacional o dejarán los refugios fiscales de estar en el punto de mira?

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