Lunes, 25 febrero 2019 | Redacción CEU
La aparición de la tecnología blockchain no ha dejado indiferente al mundo financiero. Si bien una de sus primeras aplicaciones fueron las criptomonedas, la cadena de bloques no se quedo ahí. Existe un amplio abanico de propuestas y soluciones innovadoras basadas en esta tecnología. Los contratos inteligentes son un ejemplo de ello. Aunque el término se ha puesto de moda y ocupa últimamente buena parte del debate sobre blockchain, todavía son muchas las dudas que surgen en relación al concepto. Hoy, en CEU IAM Business School, tratamos de arrojar un poco de luz sobre qué son exactamente los “smart contracts”: ¿son estos contratos efectivamente inteligentes?, ¿se tratan propiamente dicho de contratos?, ¿qué límites encuentran en su funcionamiento?, ¿cómo se perfila el futuro de esta tecnología?
Aunque en 1995 no existía la infraestructura necesaria para ponerlos en marcha, Nick Szabo ya consiguió definir en qué consistían los "smart contracts":
<<A set of promises, including protocols within which the parties perform on the other promises. The protocols are usually implemented with programs on a computer network, or in other forms of digital electronics, thus these contracts are "smarter" than their paper-based ancestors. No use of artificial intelligence is implied>>
Su teoría, por aquel entonces imposible, pudo materializarse catorce años después gracias a la llegada del blockchain. Para comprender el funcionamiento de este tipo de contratos, es imprescindible conocer cuáles son las características específicas de la cadena de bloques: la descentralización, la inmutabilidad, su capacidad para poner el valor en el centro de todo,... Recomendamos a los interesados leer cualquiera de los dos artículos sobre blockchain publicados en el blog de CEU IAM: ¿Qué aplicaciones tiene el blockchain? y ¿Por qué el blockchain puede transformar las finanzas?
Los contratos inteligentes a examen
Los contratos inteligentes tienen ciertas particularidades que los hacen especiales. Son capaces de ejecutarse por sí mismos. No necesitan, por tanto, la intervención de un tercero, y esto puede resultar considerablemente beneficioso en términos económicos. Además de autónomos, son automáticos. Eso les permite ser mucho más rápidos que cualquier otro tipo de contrato, ya sea verbal o escrito. En cierta manera, los términos del contrato funcionan a modo de órdenes, lo que impide que haya hueco a interpretación alguna en ellos. La tecnología blockchain les aporta, a su vez, atributos como la inmutabilidad, la seguridad y la transparencia.
No obstante, cabe matizar algunos aspectos sobre este concepto. Es bastante frecuente que en las conferencias y debates sobre blockchain salga a relucir el dicho "los contratos inteligentes ni son contratos ni son inteligentes". De hecho, María Concepción de Monteverde, directora de blockchain del Banco Santander, mencionó esa misma frase en la reciente clase magistral Blockchain y su aplicación en el ámbito financiero de CEU IAM Business School –se encuentra disponible en vídeo nuestro canal de Youtube–.
Esta popular expresión intenta explicar que más que un contrato en sí, los "smart contracts" son códigos dentro de una base de datos distribuida que hacen posible que se cumplan condiciones de un contrato previo. Las partes involucradas han tenido que llegar a un acuerdo antes. Otra opción es que una de las partes sea la que realmente establece las condiciones, por lo que no se produzca ningún tipo de negociación. Por lo tanto, cuando se habla de contratos inteligentes se alude más bien a una ejecución de contratos a través de blockchain que a otra cosa. Además, estos "contratos" no son particularmente inteligentes porque el funcionamiento de los mismos se basa en un proceso automatizado.